COSA JUZGADA.
La existencia o la inexistencia de la cosa juzgada, no es una cuestión que deba resolverse en el juicio de amparo, antes de haber sido resuelta por las autoridades judiciales del orden común.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/351406-22274673/cosa-juzgada · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil en revisión 1029/42. Romero José Sacramento. 17 de febrero de 1943. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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