PERSONALIDAD DEL ACTOR, IMPUGNACION DE LA.
Es improcedente conceder la suspensión contra el fallo que desecha la excepción de falta de personalidad del actor, puesto que dicha medida tendría por efecto paralizar el procedimiento del juicio, lo que es contrario al orden público, ya que el artículo 17 constitucional, de una manera clara, establece que los tribunales estarán expeditos para administrar justicia en los plazos y términos que fija la ley, de modo que si se concediera la suspensión, se quebrantaría lo dispuesto por la fracción II del artículo 124 de la Ley de Amparo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/351490-c201772b/personalidad-del-actor-impugnacion-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- FALTA DE PERSONALIDAD EN EL ACTOR, SUSPENSION CON MOTIVO DE RESOLUCION QUE DECLARA QUE NO ES PROCEDENTE LA EXCEPCION DILATORIA. (s/clave)
- PERSONALIDAD, NO ES NECESARIO PREPARAR EL AMPARO CONTRA LA RESOLUCION QUE DESECHA LA EXCEPCION DE FALTA DE. (s/clave)
- PERSONALIDAD DEL ACTOR, EXCEPCION DE FALTA DE. (s/clave)
- PERSONALIDAD EN EL ACTOR PROCEDENCIA DE LA EXCEPCION DE. PONE FIN AL JUICIO. (II.2o.C.T.11 K)
- PERSONALIDAD, SUSPENSION CONTRA LA RESOLUCION QUE DECLARA PROCEDENTE LA EXCEPCION DE FALTA DE. (s/clave)
- PERSONALIDAD, FALTA DE. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis