FORMA DEL JUICIO.
La admisión de la demanda en la vía ordinaria, no implica violación de la ley del procedimiento, que priva al quejoso de defensa, y puede ser impugnada con arreglo al artículo 159 de la ley orgánica respectiva, en el amparo directo contra la sentencia definitiva que se pronuncie en el juicio.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/351630-bc5fb1a5/forma-del-juicio · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 240/41. Lupio Francisco. 28 de octubre de 1942. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Emilio Pardo Aspe.
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