POSESION.
Si se priva a alguien de la posesión que tiene, sin haber sido antes oído y vencido en juicio, el acto es violatorio de las garantías que consagran los artículos 14 y 16 constitucionales.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/351637-e3412962/posesion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil en revisión 3223/37. Carmona Ireneo. 29 de octubre de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Roque Estrada. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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