Corpus
Modo: Corpus Pro

ARRENDAMIENTO, COMPETENCIA EN MATERIA DE.

Clave: — · Registro digital (IUS): 351804 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Pleno · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 6310

La legislación de Jalisco imputa la competencia al Juez del lugar donde está ubicada la cosa, cuando se trate de cuestiones derivadas de un contrato de arrendamiento de inmuebles, pero la legislación de Tamaulipas establece la competencia en favor del Juez del domicilio del demandado, ya estando en conflicto dichas legislaciones, debe estarse a lo dispuesto por el artículo 19, fracción V, del Código Federal de Procedimientos Civiles que declara que es Juez competente el del domicilio del demandado, si se trata del ejercicio de una acción real sobre bienes muebles o de una acción personal.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/351804-4c25e103/arrendamiento-competencia-en-materia-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Competencia en materia civil 23/41. Reynoso Luis. 8 de diciembre de 1942.Unanimidad de diecisiete votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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