Corpus
Modo: Corpus Pro

APELACION, SENTENCIAS DICTADAS EN LA.

Clave: — · Registro digital (IUS): 351921 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Cuarta Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 1731

La técnica procesal o el formulismo empleado en la redacción de los fallos de apelación exige que se diga de manera clara que se confirma, modifica o revoca, según el caso, la sentencia del inferior; pero la omisión de ese formulismo no debe interpretarse en el sentido de tener por inexistente la sentencia dictada en ella; por tanto, si un tribunal, en cumplimiento del amparo concedido al quejoso, se limita a dejar sin efecto sus sentencias, por la cual había confirmado el fallo de primera instancia, su consecuencia jurídica es la de tener a éste por revocado tácitamente.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/351921-a8cf2505/apelacion-sentencias-dictadas-en-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo civil en revisión 437/36. O'Reill y Llano María Guadalupe y coagraviados. 20 de julio de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hermilo López Sánchez. Relator: Roque Estrada.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
© 2026 Corpus Iuris · Información de carácter referencial. El texto de las tesis es información pública de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Compilación, búsqueda semántica y tesis relacionadas: © Corpus Iuris. Este contenido no constituye asesoría legal.

Información referencial — la responsabilidad de validar las citas es del usuario.