AGUA POTABLE, LOS INMUEBLES RESPECTIVOS ESTAN AFECTOS AL PAGO DE CONTRIBUCIONES POR EL SERVICIO DE (LEGISLACION DE TAMAULIPAS).
Si en un contrato de uso y habitación se pacto que el usuario pagaría al Municipio correspondiente, la cuota por concepto de agua y drenaje, con apoyo en el artículo 940 del Código Civil, anterior al vigente, del Estado de Tamaulipas, que concuerda con el artículo 335 de este último, el cual dispone que si el que tiene el derecho de habitación ocupa todas las piezas de la casa, está obligado a pagar las contribuciones, debe decirse que en el caso, la obligación de pagar las cuotas de agua y drenaje, no era personal del usuario, con relación al Municipio, sino de aquel para con el propietario, por virtud de lo pactado y establecido en la ley, sin perjuicio de lo dispuesto en las leyes fiscales, que consideran afectos los bienes inmuebles, a los impuestos causados por los mismos, es decir, que constituyen una obligación que pesa sobre los bienes. Así se desprende del artículo 6o. del Decreto número 186 del Estado de Tamaulipas, relativo a aguas potables y saneamiento de la ciudad de Matamoros, que declara obligados a pagar la cuota establecida por el servicio de agua potable, en primer término, a los propietarios o poseedores o tenedores de los predios servidos, y en segundo lugar, a los inquilinos o cualesquiera otros detentadores a título precario o derivado; y del artículo 30 del reglamento de ese decreto, que dispone que las cuotas serán exigibles por los procedimientos que fija la ley economicocoactiva, como si se tratara de recaudación de impuestos, y que las propiedades respectivas quedarán, por tanto, afectas al pago de la deuda correspondiente. Conforme a estos preceptos, la falta de pago de cuotas de agua y drenaje, obliga, en primer término, al propietario, y afecta sus propiedades, por lo que no puede sostenerse que éste sea ajeno a la deuda fiscal, en el caso de que el usuario se encuentre obligado a cubrirlas, ya que como queda dicho, esta obligación no puede estimarse personal del usuario para con el Municipio.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/351992-9ef2bc74/agua-potable-los-inmuebles-respectivos-estan-afectos-al · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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