QUEJA INTERPUESTA SIN MOTIVO, MULTA EN CASO DE.
Si la queja se ha promovido sin motivo, debe imponerse al quejoso una multa, como lo ordena el artículo 102 de la Ley de Amparo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/352013-63d1485c/queja-interpuesta-sin-motivo-multa-en-caso-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Queja en amparo civil 231/42. Violante Juan. 3 de agosto de 1942. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Felipe de J. Tena no intervino en la votación de este asunto, por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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