POSESION, PRUEBA TESTIMONIAL PARA ACREDITARLA.
Los hechos que constituyen la posesión, son susceptibles de ser conocidos por medio de los sentidos, y en consecuencia, si los testigos manifestaron que les consta que el quejoso se encuentra en posesión de un predio, por haberlo visto, debe estimarse que dieron razón fundada de su dicho y concederse valor probatorio a sus declaraciones.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/352184-75a20784/posesion-prueba-testimonial-para-acreditarla · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil en revisión 4197/42. López Modesta. 17 de septiembre de 1942. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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