Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

AMPARO CIVIL, OMISION EN LA CITA DE LAS DISPOSICIONES LEGALES VIOLADAS.

Clave: — · Registro digital (IUS): 352628 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Tercera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 6591

La Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia ha establecido la tesis de que la falta de señalamiento de las leyes infringidas, en cumplimiento del artículo 166, fracción VII, de la Ley de Amparo, amerita que se sobresea en el juicio de garantías, por causa de improcedencia, conforme a la fracción XVIII, del artículo 73 de la misma ley; pero ha sentado también el precedente de que esa improcedencia sólo puede existir, cuando ni se designen numéricamente las disposiciones legales que se estimen infringidas, ni pueda colegirse de la expresión de los conceptos de violación, de qué disposiciones legales se trate.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/352628-64e831b4/amparo-civil-omision-en-la-cita-de-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo civil directo 671/37. Pérez Martínez Encarnación. 29 de junio de 1942. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Nicéforo Guerrero no intervino en la votación de este asunto por las razones que constan el el acta del día. Relator: Hilario Medina.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis