EMPLAZAMIENTO, DOMICILIO DEL DEMANDADO PARA LOS EFECTOS DEL.
Si está plenamente establecido en autos que el actuario encontró al representante de la sociedad demandada, en el lugar en que practicó el emplazamiento, debe presumirse que ésta tiene en ese lugar su domicilio, y si dicho representante manifestó recibir con esa calidad el traslado de la demanda, ello acredita la legalidad del emplazamiento.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/352831-ddafb967/emplazamiento-domicilio-del-demandado-para-los-efectos-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil en revisión 1264/41. Compañía Cajas y Envases, S.A. 20 de febrero de 1942. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Tirso Sánchez Taboada no intervino en este asunto por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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