DOCUMENTOS OBJETADOS DE FALSEDAD QUE NO SE COMPRUEBA, VALOR PROBATORIO DE LOS (LEGISLACION DE PUEBLA).
Si los documentos presentados por la parte demandada, fueron redargüidos de falsos por la actora, y en la averiguación respectiva, el agente del Ministerio Público pidió que se declarara no haber delito que perseguir, dándose así por concluido el procedimiento, resulta que como la única objeción hecha a esos documentos, relativa a su falsedad, quedó desvirtuada en la averiguación correspondiente, en la que declaró la autenticidad de los repetidos documentos, estos hacen prueba plena, por el sentido contrario del artículo 421 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Puebla, que dispone que los documentos privados harán prueba plena contra su actor, cuando no fueren objetados.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/353019-fa54e0af/documentos-objetados-de-falsedad-que-no-se-comprueba · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- DOCUMENTOS PRIVADOS OBJETADOS. NECESIDAD DE PROBAR LA OBJECION. (LEGISLACION DEL ESTADO DE PUEBLA). (VI. 3o. J/6)
- FALSEDAD DE DOCUMENTOS (LEGISLACION DE PUEBLA). (s/clave)
- DOCUMENTOS NO OBJETADOS. SU VALOR PROBATORIO. (s/clave)
- PRUEBAS EN EL PROCESO. OPORTUNIDAD PARA OBJETARLAS Y ACREDITAR SU IMPUGNACIÓN.- (5406)
- PRUEBAS EN EL PROCESO. OPORTUNIDAD PARA OBJETARLAS Y ACREDITAR SU IMPUGNACION. (VI.2o. 383 P)
- DOCUMENTOS PRIVADOS OBJETADOS. SURTEN PLENOS EFECTOS SI NO SE DEMUESTRA LA OBJECION. (LEGISLACION DEL ESTADO DE PUEBLA). (VI.1o. J/53)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis