AGRAVIOS EN LA REVISION, FALTA DE COPIAS RELATIVAS AL ESCRITO DE.
Cuando no se presentan las copias necesarias del escrito de agravios, al interponer la revisión, el Juez debe requerir al promovente para que las exhiba dentro del plazo de tres días, cumplido el cual, procede tener por no interpuesto el recurso, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 85, de la Ley de Amparo; pero si el juzgador omite hacer el requerimiento antes indicado, no puede después tener por no interpuesta la revisión.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/353263-ccef8671/agravios-en-la-revision-falta-de-copias-relativas · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil. Revisión del auto que desechó la demanda 2354/41. Garza Santiago A. 15 de noviembre de 1941. Mayoría de tres votos. Disidentes: Emilio Pardo Aspe y Tirso Sánchez Taboada. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Nota: Esta tesis también aparece en el Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985, Octava Parte, página 63, como tesis relacionada con la jurisprudencia 37.
Jurisprudencia relacionada
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