NOTARIOS, IMPROCEDENCIA DEL AMPARO CONTRA LOS.
Si bien es cierto que los notarios son funcionarios públicos, no por esa circunstancia tienen el carácter de autoridades y, por consiguiente, contra sus actos no procede dar entrada a la demanda de amparo, pues ésta sólo cabe contra leyes o actos de autoridad, conforme lo establece el artículo 103 constitucional.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/353294-8f9fc07c/notarios-improcedencia-del-amparo-contra-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil. Revisión del auto que desechó la demanda 4841/41. Fundación de beneficencia privada "Clara Moreno y Miramón y de Rodríguez Miramón". 22 de noviembre de 1941. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Tirso Sánchez Taboada no intervino en la discusión y votación de este negocio por las razones que se expresan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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