Corpus
Modo: Corpus Pro

DILIGENCIAS PREPARATORIAS DE JUICIO EJECUTIVO VERBAL, RECURSO CONTRA LA RESOLUCION QUE DA POR RECONOCIDOS LOS DOCUMENTOS PRESENTADOS EN LAS (LEGISLACION DE PUEBLA).

Clave: — · Registro digital (IUS): 353379 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Tercera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXX; Pág. 4303

Aun cuando se trate de un auto dictado en diligencias preparatorias de juicio, es obvio que la resolución que da por reconocidos los documentos presentados en tales diligencias, es recurrible, conforme a la regla general, por la cual los recursos que tienen las diferentes providencias judiciales durante la tramitación del juicio, deben ser según la naturaleza de éste y sin que importe que tengan lugar, tales providencias, antes de que exista propiamente juicio; por tanto, para determinar el recurso procedente en contra de la resolución que da por reconocidos los documentos presentados en las diligencias preparatorias de un juicio ejecutivo verbal, debe aplicarse el artículo 807 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Puebla, que establece que contra los autos y sentencias que se dicten en los juicios verbales, sólo es admisible el recurso de queja.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/353379-9e98800e/diligencias-preparatorias-de-juicio-ejecutivo-verbal-recurso-contra · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo civil directo 2959/38. Rendón Viloria Julio. 6 de diciembre de 1941. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Tirso Sánchez Taboada no intervino en la resolución de este negocio, por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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