HEREDEROS, SUSPENSION CONTRA LOS EFECTOS DE LA DECLARACION DE.
Si se reclama la resolución en un juicio civil, que declara herederos de una sucesión a determinadas personas y nombra albacea definitivo a alguna de ellas, aunque el acto reclamado sea esencialmente declarativo, también implica actos de ejecución, como son poner a los herederos reconocidos en posesión de los bienes, por medio del albacea nombrado, y si esto no origina perjuicios al quejoso, sí puede originarlos y de difícil reparación, el que se disponga de los bienes en favor de terceras personas cuando se les adjudiquen al concluir la tramitación del juicio sucesorio, con la participación de los citados bienes; en esta virtud, procede conceder la suspensión para impedirlo, mientras se falla el amparo en lo principal, toda vez que con la medida, no se afecta el interés general ni se contravienen disposiciones de orden público, ni se paraliza el procedimiento.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/353795-c10adf08/herederos-suspension-contra-los-efectos-de-la-declaracion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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