POSESION, LA PRUEBA DE INSPECCION OCULAR, NO ES IDONEA PARA DEMOSTRARLA.
La prueba de inspección ocular no es idónea para demostrar la posesión, porque ésta no puede ser constatada por una simple inspección transitoria, sino que requiere una observación de carácter constante, que no puede realizarse en una diligencia de corta duración.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/353844-7bdc61d5/posesion-la-prueba-de-inspeccion-ocular-no-es · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil en revisión 5251/40. Luna Cid Ofelia. 14 de junio de 1941. Unanimidad de cinco votos. Relator: Gabino Fraga.
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