Corpus
Modo: Corpus Pro

COPROPIEDAD, POSIBILIDAD DEL EMBARGO EN CASO DE.

Clave: — · Registro digital (IUS): 353851 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Tercera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVIII; Pág. 2502

El artículo 950 del Código Civil para el Distrito y Territorios Federales, previene que todo condueño tiene la plena propiedad de la parte alícuota que le corresponde y la de sus frutos y utilidades, por lo que puede, en consecuencias, enajenarla, cederla o hipotecarla, en el concepto de que los efectos de la enajenación o de la hipoteca, con relación a los condueños, estarán limitados a la porción que se les adjudique, al cesar la comunidad. Por tanto, si el precepto legal invocado permite que el condueño enajene o hipoteque la parte alícuota que le corresponde, es inconcuso que esa parte alícuota puede ser embargada para responder de los adeudos que pesen sobre el mismo condueño.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/353851-56c752ea/copropiedad-posibilidad-del-embargo-en-caso-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo civil en revisión 511/41. González Silviano. 17 de junio de 1941. Unanimidad de cinco cotos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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