REVISION EN AMPARO POR LAS AUTORIDADES RESPONSABLES.
El recurso de revisión puede interponerse por cualquiera de las partes en el juicio, pero las autoridades sólo pueden hacerlo contra las sentencias que afecten el acto que cada una se haya reclamado.
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil en revisión 6983/40. Guerra de García de Acevedo Bertha. 6 de febrero de 1941. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
- REVISION. (s/clave)
- REVISION INTERPUESTA POR LAS AUTORIDADES RESPONSABLES QUE NEGARON EL ACTO RECLAMADO. (s/clave)
- REVISION EN AMPARO CONTRA UNA LEY. (s/clave)
- AUTORIDADES EJECUTORAS, REVISION POR LAS. (s/clave)
- AGRAVIOS EN REVISION. (s/clave)
- RECURSO DE REVISION. SI LA RESOLUCION QUE RECLAMA LA AUTORIDAD RESPONSABLE NO LE PERJUDICA, CARECE DE LEGITIMACION PARA INTERPONER EL. (XX.299 K)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis