MENORES, SUSPENSION TRATANDOSE DE LA SENTENCIA QUE ORDENA ENTREGARLOS.
Si se interpone el amparo contra el auto que ordena la entrega de un hijo al marido, sin haber sido oída ni vencida en juicio de divorcio la esposa, puesto que en rebeldía suya se pronunció la sentencia respectiva, y la quejosa alega que no fue emplazada legalmente, debe concederse la suspensión, no obstante la jurisprudencia sentada por la Suprema Corte de Justicia en el sentido de que es improcedente la suspensión cuando se trata de actos que tienden a cumplimentar una sentencia ejecutoria, en la que se establece la verdad legal, porque, en el caso, no se afecta el interés general, ni se contravienen disposiciones de orden público, si se mantiene la situación de hecho en que está colocada la quejosa, con relación a su mejor hijo, esto es, que lo conserve a su cuidado, mientras se decide el fondo del amparo, pues de ejecutarse el acto que se reclama, se causaría a la quejosa un perjuicio de difícil reparación.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/354142-0d761129/menores-suspension-tratandose-de-la-sentencia-que-ordena · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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