LANZAMIENTO, AMPARO EN CASO DE.
La ejecución de una providencia de desocupación, no hace improcedente la demanda de amparo, pues a menos que se justifiquen otras circunstancias, es en todo caso posible obtener la restitución constitucional, reinstalando en su domicilio al quejoso o, en su defecto, indemnizándolo de los daños y perjuicios que se la causaren.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/354333-da05aebe/lanzamiento-amparo-en-caso-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil en revisión 1864/39. Garnica y Ortiz de Zárate Rafaela. 12 de julio de 1940. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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