PAGO DE MERCANCIAS.
Para el caso del cobro de una mercancía no tiene caso que en el documento base de la acción se diga que fue recibida en comisión para su venta, si en el mismo se contrajo la obligación de pagar desde luego el valor de dicha mercancía, una vez recibida.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/354390-24e7938e/pago-de-mercancias · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 5908/39. Salas Malagón Petra. 3 de agosto de 1940. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Bazdresch. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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