SENTENCIAS, EXPRESIONES INCORRECTAS EN LAS.
Aun cuando las expresiones empleadas por el juzgador, sean impropias y pudieran dar lugar a una objeción por parte del afectado si son ideológicamente inatacables, no procede conceder el amparo que se pida por ese motivo, ya que únicamente tendría el efecto de que se emplease una locución correcta.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/354903-89d33d15/sentencias-expresiones-incorrectas-en-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 5846/38. Calderón Aguilar Rubén. 1o. de febrero de 1940. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Bazdresch. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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