ACTO RECLAMADO, APRECIACION DEL.
Los Jueces de Distrito deben concretar el estudio de la improcedencia de la demanda de garantías o el de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de los actos reclamados, apreciando éstos tal como aparecen demostrados; pero no partir de las demás conjeturas que puedan hacerse acerca de su finalidad, para determinar su alcance y consecuencias, desde el punto de vista del juicio de garantías.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/355029-823c1a08/acto-reclamado-apreciacion-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil en revisión 2824/37. García viuda de Palma Carmen, sucesión de. 28 de febrero de 1940. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Véanse: Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca:
Tomo XLIII, página 2100, tesis de rubro "ACTO RECLAMADO, APRECIACION DEL.".
Tomo XLI, página 3582, tesis de rubro "ACTO RECLAMADO, APRECIACION DEL.".
Tomo XXXVIII, página 2823, tesis de rubro "ACTO RECLAMADO, APRECIACION DEL.".
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