CONTRAFIANZA, MONTO DE LA.
No hay motivo para que sea de mayor cuantía la contrafianza, que la fianza, cuando los perjuicios que se causan con la ejecución del acto, sean de la misma naturaleza y cuantía que los que origina la suspensión.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/355246-aa31328d/contrafianza-monto-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Queja en amparo civil 332/39. Barrios Ubaldo. 16 de octubre de 1939. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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