ALIMENTOS, INEXISTENCIA DE LA OBLIGACION DE PAGARLOS.
Si por virtud de una sentencia ejecutoriada, en un juicio contradictorio, en el que la cónyuge fue parte, se absolvió al marido de la reclamación que le hizo aquella, por alimentos, fundándose en que la mujer abandonó el domicilio conyugal, sin causa justificada, la autoridad judicial ante quien se demanda al esposo por el pago de deudas alimenticias, no puede resolver más que declarando que el marido no puede ser responsable de las deudas que hubiere contraído la mujer, por ese concepto.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/355594-1f6cd771/alimentos-inexistencia-de-la-obligacion-de-pagarlos · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 7455/38. Villarreal de Rodríguez Francisca. 10 de agosto de 1939. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
- ALIMENTOS, NEGATIVA DE, COMO CAUSAL DE DIVORCIO. (s/clave)
- DIVORCIO. ABANDONO DEL DOMICILIO CONYUGAL. (s/clave)
- DIVORCIO, LA DISPOSICION DE BIENES DE LA SOCIEDAD CONYUGAL, NO IMPLICA EL CUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACION DE SUMINISTRAR ALIMENTOS, POR TANTO, SE SURTE LA CAUSAL DE. (s/clave)
- PENSIONES ALIMENTICIAS. (s/clave)
- MATRIMONIO, OBLIGACIONES DEL. (s/clave)
- ALIMENTOS, CONSENTIMIENTO DE LA SENTENCIA DE. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis