APELACION MAL ADMITIDA, RESOLUCION EN LOS INCIDENTES DE.
La resolución en un incidente de apelación mal admitida, contra una sentencia definitiva, nada resuelve sobre actos de ejecución, sino solamente si debe o no tramitarse una segunda instancia y en qué efectos, para que se determine si un fallo debe o no causar ejecutoria, y es hasta cuando se declara la ejecutoriedad de un fallo, o por excepción, cuando se declara que sólo es apelable en el efecto devolutivo, cuando puede entrarse al periodo de su ejecución, y tener aplicación la regla de la fracción III del artículo 114 de la Ley de Amparo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/355754-8fc43b26/apelacion-mal-admitida-resolucion-en-los-incidentes-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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