Corpus
Modo: Corpus Pro

SUBROGACION REAL, NATURALEZA DE LA.

Clave: — · Registro digital (IUS): 356229 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Tercera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LVIII; Pág. 228

Si se demuestra la existencia del derecho de usufructo de un capital impuesto, y que parte de ese capital se invirtió en la adquisición de un terreno y construcción de una casa, es claro que se produjo una sustitución de la cosa o usufructo, de lo que equivale a asentar la subrogación real es un efecto que la ley atribuye a determinados actos, y en este caso lo que se impone, es demandar que se declare que se ha efectuado la sustitución que previene la ley, ya que entonces la sentencia sirve de título en relación con la escritura constitutiva del usufructo, y resulta inútil e inadecuado solicitar el otorgamiento de otra escritura, en que se haga constar que se ha operado la sustitución; con tanta más razón cuando que en este supuesto no puede invocarse el artículo 2232 del Código Civil vigente, que tiene aplicación en los casos de contratos informales, de contratos que, por falta del requisito de la forma solemne, son nulos, pero que pueden convalidarse, por decirlo así, otorgándolos con la solemnidad prescrita por la ley, si la voluntad de las partes ha quedado constante de un modo indubitable, pues considerada la subrogación real, como un efecto que la ley atribuye a determinados actos, no cabe hablar de un acto nulo, que necesite revestirse de la forma solemne prescrita por la ley, sino que basta acreditar en el juicio correspondiente, que tuvieron lugar los actos a los cuales la ley atribuye el efecto constitutivo de la figura jurídica que se viene estudiando.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/356229-2550ed9c/subrogacion-real-naturaleza-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo civil directo 6253/37. Rangel Pinillos Francisco, sucesión de. 6 de octubre de 1938. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Luis Bazdresch. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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