GERENTES, FACULTADES DE LOS.
Si de acuerdo con los estatutos de una empresa, entre las facultades y atribuciones del gerente están las de representar a la sociedad en juicio o fuera de él, ante toda clase de autoridades, funcionarios y particulares, con las más amplias facultades de un mandatario general, entre ellas las de transigir, comprometer en árbitros y someterse en materia de jurisdicción, es evidente que el gerente está, por razón de su cargo, en la obligación de representar a su mandante en todas esas diligencias, y de autorizar y realizar las gestiones necesarias en defensa de los intereses de su representada, que sean propias de su carácter de gerente, y para las que no se requieran conocimientos jurídicos que impliquen necesariamente la intervención de un jurista, y por las que se haga acreedor a la percepción de honorarios, independientemente de los que perciba en su calidad de gerente, puesto que es racional pensar que todo gerente, particularmente el de una empresa de relativa importancia, debe tener conocimientos rudimentarios en derecho, para las defensas más elementales de los intereses de su representado, y sería absurdo considerar que por la sola circunstancia de intervenir necesariamente en diligencias de esa naturaleza y realizar determinadas gestiones propias de un gerente, quien por ese cargo percibe un sueldo de su representada, tenga derecho a percibir, además, distintos honorarios por tales gestiones, a las cuales está obligado, no sólo por la naturaleza de su cargo conforme a la ley, sino también atentas las atribuciones y obligaciones que le confieren los estatutos.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/356533-61be2e09/gerentes-facultades-de-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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