HIPOTECAS, CONSECUENCIAS DE LA DECLARACION DE NULIDAD DE LAS.
La sentencia que pone fin a un juicio hipotecario, en cuanto declara la procedencia de la acción real, mandando rematar el inmueble hipotecado, no surte efecto alguno en lo que se refiere a esta acción, cuando se declara nula la escritura hipotecaria que le sirve de fundamento, y en cuya validez descansa la declaración sobre la procedencia de la acción real hipotecaria, y como la sentencia que manda rematar la cosa para pagar con su producto el crédito garantizado con hipoteca, no es constitutiva del derecho real hipotecario, sino meramente declarativa, la misma no puede surtir efectos ante una ejecutoria que decreta la nulidad del título hipotecario, puesto que ya no existe finca hipotecada que se pueda rematar.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/356541-11d11b04/hipotecas-consecuencias-de-la-declaracion-de-nulidad-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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