HIPOTECAS, EXTINCION DE LAS.
Un rematante o adjudicatario no puede pretender que se discutan en un juicio autónomo cuestiones relativas a declarar extinguida la hipoteca que grava al predio materia de la adjudicación, y carece de acción para demandar una declaración judicial en el sentido de que el bien estaba liberado del gravamen hipotecario por el simple hecho de haberlo adquirido mediante una adjudicación en remate judicial.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/385325-d450aca4/hipotecas-extincion-de-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 6834/39. Bustamante Luis Felipe. 14 de agosto de 1953. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Mariano Azuela. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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