Corpus
Modo: Corpus Pro

CONFESION EXTRAJUDICIAL.

Clave: — · Registro digital (IUS): 356944 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Tercera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LV; Pág. 775

Por confesión extrajudicial entiende la ley, aquella que se hace ante juez incompetente, y como es notorio que ni el oficial del Registro Civil ante quien se levanta un acta de matrimonio, ni el notario ante quien se celebra un contrato, pueden ser considerados Jueces investidos de la facultad jurisdiccional correspondiente, que es a quiénes se refieren las disposiciones de la ley, es claro que no puede ser admitida como confesión extrajudicial, la manifestación que de ser comerciante haga una persona, ante aquellos funcionarios.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/356944-c39b6872/confesion-extrajudicial · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo civil en revisión 2014/37. Ramírez Valenzuela Guillermo, Liquidación Judicial. 24 de enero de 1938. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Francisco H. Ruiz. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
© 2026 Corpus Iuris · Información de carácter referencial. El texto de las tesis es información pública de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Compilación, búsqueda semántica y tesis relacionadas: © Corpus Iuris. Este contenido no constituye asesoría legal.

Información referencial — la responsabilidad de validar las citas es del usuario.