NACIONALIZACION DE BIENES, PRUEBA DE PRESUNCIONES PARA LA PROCEDENCIA DE LA.
La presunción a que se refiere la fracción II del artículo 27 constitucional, no es la reglamentada por el enjuiciamiento civil federal, sino más bien la presunción lógica, la cual no exige que la inferencia o conclusión a que se llega partiendo de un hecho conocido, sea necesaria, en el sentido estricto de la palabra, sino que implica simplemente una conclusión a la que se llega relacionando los diversos datos aportados a un negocio, y las inferencias hechas, fundándose en tales datos.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/357562-7438df89/nacionalizacion-de-bienes-prueba-de-presunciones-para-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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