Corpus
Modo: Corpus Pro

DESOCUPACION DE INMUEBLES, PLAZO PARA LA.

Clave: — · Registro digital (IUS): 358081 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Tercera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LI; Pág. 2316

De acuerdo con lo dispuesto con el artículo 36 del título especial de Justicia de Paz del Código de Procedimientos Civiles vigente en el Distrito Federal, debe concederse al desahuciado un término de ocho a veinte días para la desocupación del inmueble que habita, aun cuando se trate de la ejecución de un convenio celebrado en el juicio porque el mismo tiene la fuerza que implica una sentencia definitiva.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/358081-caa4ded1/desocupacion-de-inmuebles-plazo-para-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo civil en revisión 353/36. Sánchez José. 10 de marzo de 1937. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Bazdresch. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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