DEMANDA OBSCURA O IMPRECISA, EXCEPCION DE.
Si se reclama en amparo la resolución de segunda instancia que desestima la excepción de obscuridad o defecto legal en la forma de interponer la demanda, la suspensión debe concederse, mediante fianza, por surtirse los requisitos establecidos por el artículo 124 de la Ley de Amparo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/358261-5247ade9/demanda-obscura-o-imprecisa-excepcion-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 5270/36. Fernández del Valle Rosalía. 28 de noviembre de 1936. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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