EMPLAZAMIENTO POR MEDIO DE LA PRENSA.
El emplazamiento por medio de la prensa sólo es legal cuando no se conoce el domicilio del demandado, pues si se prueba que éste tiene su domicilio fuera de la jurisdicción del Juez que conoce del juicio, y la notificación y emplazamiento para comparecer al mismo, ha pretendido hacérsele mediante la publicación del edicto respectivo, debe concluirse que no por habérsele hecho en forma notificación personal, fue ilegalmente citado para intervenir en el procedimiento, y no pudo, por consiguiente, ser oído en el mismo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/358315-0b18b51b/emplazamiento-por-medio-de-la-prensa · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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