REMATE, FINCAMIENTO DEL.
Sólo el auto de fincamiento de remate genera derechos en el postor, en cuyo beneficio se hace la declaración correspondiente, por lo que mientras tal auto no sea dictado, no es posible estimar que en una almoneda se haya resuelto definitivamente respecto a quién debe considerarse como comprador en la venta judicial. Es indudable que los Jueces están capacitados, mientras no han dictado su resolución definitiva, y tratándose de actos jurídicos que no son susceptibles de atacarse por ningún recurso ordinario o extraordinario, para corregir los errores de concepto que hayan dado fundamento a una declaración judicial, que no resuelve una controversia, y en estas condiciones, es indudable también que la autoridad judicial está legalmente capacitada para que, con independencia dar su declaración en el sentido de que determinada postura es la mejor, y corregir al tiempo de hacer el fincamiento del remate, el error de conceptos en que pudiera encontrarse, al cerciorarse de que determinada postura no reúne los requisitos establecidos por la ley, declararla ineficaz, y aun hacer fincamiento del remate en favor de otra licitante, tomando en consideración que su postura sí se ajusta a los preceptos legales.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/358483-0a3a4c87/remate-fincamiento-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- REMATES, NATURALEZA DE LA ADJUDICACION DE BIENES AL ACREEDOR. (s/clave)
- REMATE, FINCAMIENTO DEL. (s/clave)
- VENTAS JUDICIALES, POSTURA EN LAS. (s/clave)
- POSTORES EN EL REMATE, DERECHOS DE LOS. (s/clave)
- REMATANTE, EL ACREEDOR DEL EJECUTADO NO PUEDE TENER LA CALIDAD DE. (s/clave)
- REMATES, SUSPENSION TRATANDOSE DE. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis