REMATANTE, EL ACREEDOR DEL EJECUTADO NO PUEDE TENER LA CALIDAD DE.
No puede decirse que la adjudicación hecha en favor del acreedor, se efectúe por la vía de remate, pues dicho acreedor no puede presentarse en la subasta, pretendiendo comprar el bien a remate. En ninguna almoneda es posible que una persona sea al mismo tiempo acreedora del ejecutado y rematante, pues ambas calidades se excluyen entre sí: como rematante, tendrá que adquirir precisamente a título de compra; como ejecutante tendrá que adquirir por la vía de una "datio in solutum", y es innegable, cualquiera que sean los puntos de semejanza que puedan señalarse entre la compra y la dación en pago, que éstas serán siempre dos instituciones diversas.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/352525-2c010e64/rematante-el-acreedor-del-ejecutado-no-puede-tener · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- REMATE, FINCAMIENTO DEL. (s/clave)
- REMATANTE, DERECHOS DEL. (s/clave)
- REMATES, HASTA CUANDO SE ADQUIERE LA PROPIEDAD DE LOS BIENES OBJETO DE LOS. (s/clave)
- REMATES, SUSPENSION TRATANDOSE DE. (s/clave)
- ADJUDICACION DE REMATE. (s/clave)
- REMATANTE, RECURSOS QUE PUEDE INTERPONER. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis