DIVORCIO, EFECTOS DE LA ADMISION DE LA DEMANDA DE.
El auto que admite una demanda de divorcio, aun dictado dentro de juicio, no es una providencia que tenga ejecución material en las personas o en las cosas, sino que es un mero procedimiento en la secuela del juicio, o lo que es lo mismo, no altera la situación de hecho de los litigantes ni de sus bienes, ya que tan sólo define un detalle procesal, motivo por el que no puede estimarse comprendido dentro de las disposiciones de la fracción IX del artículo 107 constitucional, y si bien pudiera privar de defensa al quejoso, ello sólo podrá ser reclamado al solicitarse el amparo contra la sentencia definitiva que se dicte en el juicio respectivo, y siempre que se llenen los requisitos que prescribe la fracción II del invocado precepto constitucional.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/358600-f0896470/divorcio-efectos-de-la-admision-de-la-demanda · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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