Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

DIVORCIO, ACCION DE. SU PROCEDENCIA DEBE EXAMINARSE DE OFICIO.

Clave: — · Registro digital (IUS): 340133 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Tercera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIV; Pág. 836

Si aparece que la demanda de divorcio fue presentada después del tiempo en que se tuvo derecho para fundarla en la causal de injurias, esto es, extemporáneamente, el juzgador obra legalmente si examina oficiosamente la procedencia de la demanda, por ser cuestión de orden público, ya que el Estado se encuentra interesado en que subsista, más bien que en que se disuelva, el vínculo matrimonial, origen de la familia. Por otra parte, aun desde el punto de vista de la equidad, existe razón legal para aplicar en cualquier Estado del juicio la norma que fija un término para hacer uso de la causal de divorcio, pues si se atiende al espíritu de tal norma, se llega a la conclusión de que el legislador, al señalar un término limitativo dentro del cual puede y debe ejercitarse la acción de divorcio, lógicamente tuvo en cuenta que el ejercicio de esa acción fuera de término, entraña un tácito perdón del ofendido, que permite nuevamente la vida en común de los cónyuges.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/340133-a33c5f40/divorcio-accion-de-su-procedencia-debe-examinarse-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo civil directo 3137/54. Ortiz Zavala Amado. 10 de junio de 1955. Unanimidad de cinco votos. Relator: Hilario Medina.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis