POSESION, PRUEBA PRESUNTIVA DE LA.
La escritura de propiedad de un inmueble, demuestra, de manera presuntiva, la posesión del mismo, toda vez que la ley civil establece que debe estimarse entregada la cosa vendida, si es raíz, luego que esté otorgada la escritura pública, o si no hay escritura, luego que estén entregados los títulos de la finca.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/358749-808d1af6/posesion-prueba-presuntiva-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil en revisión 4958/35. Quintana viuda de Núñez Bartola. 13 de marzo de 1936. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Abenamar Eboli Paniagua no votó en este asunto, por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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