INTIMIDACION, INEXISTENCIA DE LA.
No pueden estimarse como intimidación, los actos coercitivos de las autoridades, encaminadas al cumplimiento de la ley, salvo en aquellos en que se traduzcan en vías de hecho, sobre la persona misma del intimidado.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/359078-477cc245/intimidacion-inexistencia-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Recurso de súplica 26/25. Carpizo Montero Hermilo. 24 de marzo de 1936. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Vicente Santos Guajardo.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca:
Tomo XIV, página 1140, tesis de rubro "INTIMIDACION.".
Tomo XVI, página 522, tesis de rubro "INTIMIDACION.".
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