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HIPOTECAS, EJECUCION DE LA SENTENCIA DE AMPARO, QUE PROTEGE CONTRA EL ASEGURAMIENTO EN LOS JUICIOS HIPOTECARIOS.

Clave: — · Registro digital (IUS): 359258 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Tercera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 2302

El aseguramiento de los bienes hipotecados como también el embargo, tratándose de juicios ejecutivos, es un trámite de tal trascendencia en el procedimiento, que éste no podría continuar, si por alguna circunstancia dejara aquél sin efecto o se modificara posteriormente, puesto que resultaría ocioso declarar la procedencia de la vía, si el juicio hubiera de seguirse, dado que no podría mandarse rematar ningún bien, por no existir aseguramiento, por lo que si el amparo se concede contra el desposeimiento decretado por el Juez, para dejar en depósito el bien hipotecado, es claro que aun cuando por virtud de la ejecución de la sentencia definitiva, se trate de inscribir la escritura de adjudicación, en el Registro Público de la Propiedad, y aun cuando ese acto no constituye por sí mismo, una privación de la posesión garantizada por la sentencia de amparo, si resulta ser un punto de partida para destruir esa posesión, cuya conservación se garantizó con el amparo, y por este concepto, debe estimarse que existe incumplimiento del fallo que concedió la protección federal, puesto que se insiste en dar vida jurídica a un procedimiento judicial que ya no la tiene, por afecto natural del amparo otorgado al quejoso, y cuyo fin es dejar sin efecto las medidas dictadas en el juicio, con respecto al acto contra el que el amparo fue concedido.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/359258-f8d29d52/hipotecas-ejecucion-de-la-sentencia-de-amparo-que · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Queja en amparo civil 227/35. Díaz Guevara Clara. 29 de octubre de 1935. Unanimidad de cinco votos. La publicacion no menciona el nombre del ponente.

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