HIPOTECA, AMPARO EN CASO DE BIENES SUJETOS A.
Es indudable que si unos bienes hipotecados están en poder de un depositario, la orden de que los mismos sean entregados a otro, designado por distinto acreedor, provoca un conflicto de derechos entre ambos depositarios y entre ambos acreedores; y aunque tal conflicto debe ser resuelto por la autoridad común competente, en la vía y forma que corresponde, sin embargo, el depositario que esté en posesión y los acreedores que lo nombraron, tienen derecho que pueden defender mediante la acción de garantías, porque siendo extraños al procedimiento en que se manda dar la posesión al distinto depositario, nombrado por otro acreedor, no tiene necesidad de plantear el conflicto dentro de ese mismo procedimiento, razón por la que, en tal caso, el amparo no es improcedente.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/355447-35d4f82b/hipoteca-amparo-en-caso-de-bienes-sujetos-a · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- HIPOTECA, ARRENDAMIENTO DE LOS BIENES DADOS EN. (s/clave)
- EMBARGO DE BIENES HIPOTECADOS, AMPARO IMPROCEDENTE CONTRA EL, PEDIDO POR EL ACREEDOR HIPOTECARIO. (s/clave)
- AMPARO CONTRA UNA SENTENCIA DE REMATE, EFECTOS RESTITUTORIOS DEL. (s/clave)
- HIPOTECAS, EJECUCION DE LA SENTENCIA DE AMPARO, QUE PROTEGE CONTRA EL ASEGURAMIENTO EN LOS JUICIOS HIPOTECARIOS. (s/clave)
- DEPOSITARIO, CUANDO PUEDE PEDIR AMPARO. (s/clave)
- PROCEDENCIA DEL AMPARO PROMOVIDO POR EL DEPOSITARIO. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis