TERCERIAS Y AMPARO, LEGAL COEXISTENCIA DE LOS.
La circunstancia de que el tercero extraño al juicio haya interpuesto ante la autoridad judicial, una tercería excluyente de dominio, no hace improcedente el amparo, contra el desposeimiento de que se le pretenda hacer objeto; porque el juicio de tercería excluyente de dominio, sólo tiene por objeto decidir las cuestiones de propiedad del bien cuestionado, pero no la posesión del mismo, por lo que bien puede coexistir con dicha tercería, el juicio de amparo en que se reclame además de la propiedad, la posesión del inmueble, y aun cuando es cierto que si en la tercería se reconoce al quejoso el dominio de la finca, ese reconocimiento traería como consecuencia que se le restituyera en la posesión, lo que no le priva del derecho de reclamar, desde luego, el acto que le arrebata aquélla.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/359412-f91a632e/tercerias-y-amparo-legal-coexistencia-de-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- TERCERIAS, SU INTERPOSICION HACE IMPROCEDENTE EL AMPARO. (s/clave)
- TERCERIAS Y AMPARO, COEXISTENCIA LEGAL DE LOS. (s/clave)
- TERCERIAS. CASOS EN LOS QUE PUEDEN COEXISTIR, CON EL AMPARO. (XIX.2o.8 K)
- TERCERIA, COEXISTENCIA JURIDICA DEL AMPARO Y DE LA. (s/clave)
- TERCERIAS, COEXISTENCIA DE LAS. CON EL AMPARO. (VI.2o.531 C)
- TERCERÍA, COEXISTENCIA JURÍDICA DEL AMPARO Y DE LA.- (470)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis