QUEJA INFUNDADA.
Debe declararse infundada la queja por exceso en la ejecución de una sentencia de amparo, si se apoya en cuestiones que no fueron materia del agravio que se declaró procedente en la ejecutoria de cuya ejecución se trata.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/360538-bd66dc61/queja-infundada · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Queja en amparo civil 209/34. Fernández Galán Carlos. 10 de octubre de 1934. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Francisco Díaz Lombardo no intervino por las razones que se expresan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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