POSESION, PRUEBA DE LA.
Cuando no consta la autenticidad de unas facturas, no se puede demostrar con ellas la propiedad de unos muebles secuestrados, ya que tales documentos sólo prueban en contra de quien los presenta; pero si la posesión de los bienes embargados se acredita por otros medios, es claro que estas pruebas, unidas a las facturas, aunque no demuestren la propiedad, sí corroboran las presunciones y vienen a constituir una prueba plena respecto de la posesión, que debe ser respetada en acatamiento de lo dispuesto por el artículo 14 constitucional.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/360563-dc9b5b41/posesion-prueba-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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