APELACION.
El Código de Procedimientos Civiles del Distrito, expedido en 1884, no establecía como requisito para que se sustanciara la apelación, la expresión de agravios.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/360822-57eab189/apelacion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 11771/32. Carrillo viuda de Mendoza Cristina. 22 de mayo de 1934. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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