Corpus
Modo: Corpus Pro

DAÑOS Y PERJUICIOS, CONDENACION EN LOS.

Clave: — · Registro digital (IUS): 360836 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Tercera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLI; Pág. 783

Aun cuando una de las partes haya demostrado en el juicio, el incumplimiento del contrato y la procedencia de su rescisión, y como una consecuencia la procedencia del pago de los daños y perjuicios, el Juez no puede condenar a la otra parte al pago de éstos, si el que obtuvo no demostró, dentro del mismo juicio, la existencia de esos mismos daños, su cuantía y si fueron consecuencia necesaria y directa del incumplimiento del contrato; y menos aún puede el Juez condenar, en términos generales, al pago de esos daños y perjuicios, reservando para otro juicio la fijación de la cuantía; pues esta actividad es contraria a la ley, que impone al Juez la obligación de resolver las cuestiones controvertidas, absolviendo o condenando.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/360836-327b9610/danos-y-perjuicios-condenacion-en-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo civil directo 6288/33. González José María. 25 de mayo de 1934. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
© 2026 Corpus Iuris · Información de carácter referencial. El texto de las tesis es información pública de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Compilación, búsqueda semántica y tesis relacionadas: © Corpus Iuris. Este contenido no constituye asesoría legal.

Información referencial — la responsabilidad de validar las citas es del usuario.