DOMICILIO, PRUEBAS DEL.
El domicilio es el lugar donde una persona reside, y la residencia implica el hecho material de estar constantemente por tiempo determinado en un lugar, y el ánimo de vivir en él, elementos que no se justifican con un simple contrato de arrendamiento, y menos cuando se demuestra que una persona electa gobernador de un Estado, tuvo necesariamente que reunir para ese efecto los requisitos exigidos por el artículo 115 de la Constitución Federal, que dispone que sólo podrá ser gobernador constitucional de un Estado un ciudadano mexicano por nacimiento y nativo de él, o con vecindad no menor de cinco años anteriores al de la elección, ya que es evidente que dicha persona no pudo ser vecina de otro lugar, durante el periodo que señala la Constitución.
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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